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SSPC publicó en el Diario Oficial de la Federación Reformas referentes a la Guardia Nacional

  • El decreto consiste en que el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional pase a SEDENA
  • Se reformaron, adicionaron y derogaron disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Redacción

Ciudad de México, domingo 11 de septiembre del 2022.- La noche del pasado viernes 9 de septiembre, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) las cuatro Reformas a mismo número de leyes para que el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional pase a la Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA).

Las Reformas al artículo 29 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establecen que la SEDENA ejercerá el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

El DOF establece que se deberá intervenir en la expedición de licencias para la portación de armas de fuego, con objeto de que no se incluya las armas prohibidas expresamente por la ley y aquellas que la Nación reserve para el uso exclusivo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos, así como vigilar y expedir permisos para el comercio, transporte y almacenamiento de armas de fuego, municiones, explosivos, agresivos químicos, artificios y material estratégico

Se deberá formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y la propuesta de Programa Nacional de Seguridad Pública, y ejecutar, en el marco de sus atribuciones, las políticas, programas y acciones, así como el programa sectorial correspondiente, con el fin de coadyuvar a la prevención del delito.

También contempla proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y proponer al Ejecutivo Federal la política criminal y las medidas que garanticen la congruencia entre las dependencias.

El dictamen reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

El DOF también detalla las acciones que realizará la Guardia Nacional para materializar sus fines, que son: Intervenir en materia de seguridad pública en el ámbito local, en coadyuvancia de las autoridades competentes; Hacer uso de las armas que le sean autorizadas, de conformidad con las disposiciones aplicables; Auxiliar a la Fuerza Armada permanente en el ejercicio de sus misiones, cuando así lo disponga la persona titular del Poder Ejecutivo federal.

El titular de la SEDENA (General Secretario Luis Cresencio Sandoval González), deberá: Formular la estrategia en lo aplicable a la Guardia Nacional; Expedir el nombramiento del personal de la Guardia Nacional; Formular las políticas programadas y acciones que se deriven de la Estrategia Nacional, entre otras funciones.

El presente decreto entrará en vigor este fin de semana, tras su publicación en el DOF.

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