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LA CONASAMI, FIJÓ LOS SALARIOS MÍNIMOS APLICABLES DESDE ENERO DEL 2024

Por: Carlps Pozos (Lord Molécula)

CDMX. 1 diciembre 2023 / “Los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2024 se incrementarán en 20.0% en las dos zonas descritas en el primer resolutivo, por tanto, serán de 374.89 pesos diarios por jornada diaria de trabajo en el área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), cuyo incremento se compone de 41.26 pesos de MIR más un aumento por fijación del 6.0%, y para el Resto del País el salario mínimo general será de 248.93 pesos diarios, por jornada diaria de trabajo, cuyo incremento se compone de 27.40 pesos de MIR más 6.0% de aumento por fijación. Informó la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

El organismo recordó la base legalpara esta disposición económica “La fracción VI del apartado A) del artículo 123 Constitucional faculta a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para fijar éstos y, a su vez, el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo establece que dichos salarios se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente”.

  • Agrega algunas condiciones económicas actuales “Al mes de octubre, los salarios mínimos presentaron una recuperación de su poder adquisitivo de 16.2% respecto a diciembre de 2022… Al cierre de octubre el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reportó un total de asegurados de 22 millones 302 mil 690 personas, lo que implica un alza de 927,794 personas frente al cierre del año pasado.

Se aplicarán en dos áreas geográficas:

  1. El área geográfica de la “Zona Libre de la Frontera Norte”, integrada por los siguientes municipios: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate, Tijuana, San Quintín y San Felipe, en el Estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el Estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el Estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el Estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el Estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el Estado de Tamaulipas.
  2. El área geográfica del “Resto del País”, integrada por el resto de los municipios del país y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que no fueron listadas en el punto anterior y conforman la República Mexicana.

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