CUARTO DE PLANA
Héctor Ramos A.
Los días para el primer ejercicio de consulta a la nación, de carácter federal, para preguntar a los ciudadanos si quieren o no que el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador permanezca en el cargo, cada vez son menos.
Recordemos que será el domingo 10 de abril y con asombro se percibe una resistencia impulsada por los opinadores contra el gobierno y los partidos de oposición, bajo el argumento de que solo servirá a AMLO para medir la fuerza política del 2024 y en consecuencia, el replanteamiento de la estrategia político gubernamental.
Lo que no se dice, es que este ejercicio democrático está considerado en la constitución política de otros países para cambiar a sus autoridades de nivel estatal o municipal, cuando no responden a los intereses de quienes los llevaron en las urnas a un cargo público, por ejemplo, en Estados Unidos, Argentina, Colombia, Panamá, Perú, y es solo en Bolivia, Ecuador, Venezuela y ahora en México, la revocación de mandato, se encuentra reconocida también para el presidente de la República.
El abogado Jaime Cárdenas ha estudiado este mecanismo de democracia participativa desde el orden jurídico- constitucional del cual se desprenden algunas características como el que es un derecho político reconocido a los ciudadanos, previsto constitucional y legalmente en países arriba señalados.
Que tiene por objeto la destitución de un servidor público de elección popular antes de que expire el periodo de su mandato y para ello se requiere el acuerdo de la mayoría de los electores que participan en el proceso revocatorio, en el porcentaje que establezca cada Constitución, y exige un porcentaje de ciudadanos para iniciarlo.
Que su carácter vinculante depende de la determinación de la propia Constitución y que puede promoverse con expresión de causa o sin determinación de ella, con pruebas o sin ellas y aunque las causas y las pruebas no son importantes, se trata de una decisión ciudadana que no debe confundirse con un juicio político ni con ningún otro procedimiento de responsabilidad de carácter jurídico, por lo que es un procedimiento eminentemente político, en el sentido de que los ciudadanos tienen el derecho, en ejercicio de su soberanía, de deponer a sus gobernantes electos a través de una consulta organizada para ese fin.
Este debe aplicarse al tercer año del mandato y bajo las reglas marcadas por la institución encargada de realizarlo.
Este ejercicio es innovador en nuestro país, en donde la política era asunto de los políticos y en donde la población no era tomada en cuenta.
Han sido tantos años de una cultura de sometimiento ante sus gobernantes, diría yo herencia de la conquista, que hoy, esos sectores de la población “liberada” que se mantuvo prácticamente callada, donde lo suyo era ocuparse y preocuparse por llevar el alimento a sus hogares; esa que hoy puede por fin manifestarse abiertamente, decir, gritar, hablar, exigir y destituir a quien no consideran digno de representarlos, se dejan engañar por una oposición sin rumbo y los limita a participar en la revocación de mandato.
Los opositores a este ejercicio prefieren a la población así, callada, sumisa y controladas a cambio de su voto en tiempos electorales por tinacos, bolsas de mandado, despensas.
No les conviene una participación de la ciudadanía en tomas de decisiones políticas ni de revocación de mandato, ni una población consciente de lo que sucede política ni económicamente en México.
El temor que les inunda, es que la votación sea adversa a sus intereses político- partidistas, con un resultado abrumador por la continuidad de AMLO en la presidencia, que termine por socavar a la alianza PRIANPRD en los próximos comicios donde habrá de elegirse gobernador en seis estados de la República donde se consolide Morena y con ello mantenga la presidencia en 2024.